La Dirección General de Pesca y Acuicultura (Digepesca), adscrita a la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), reafirmó hoy, que el cobro del canon contributivo es dirigido a la pesca industrial como una medida legal y necesaria para garantizar el manejo sostenible de los recursos pesqueros y brindar beneficios sociales a los trabajadores del sector pesquero en el país.
Este canon, cuya implementación comenzó en julio de 2024, está contemplado en el artículo 69 de la Ley de Pesca y Acuicultura, vigente desde 2017. De acuerdo con la normativa, todas las embarcaciones industriales que capturan especies como langosta, camarón, pepino de mar, caracol y peces de escama deben pagar un monto por cada libra de producto extraído.
Para este año, se proyecta una recaudación de aproximadamente 21.3 millones de lempiras, fondos que serán destinados a fortalecer la pesca artesanal y mejorar las condiciones de vida de los pescadores, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad.
“SAG-Digepesca tomó las disposiciones para iniciar con el cobro del canon contributivo luego de una serie de reuniones con los sectores involucrados. Estas mesas de diálogo permitieron socializar el contenido de la Ley de Pesca y Acuicultura, aclarar dudas sobre el proceso de cobro, y consensuar mecanismos para su implementación progresiva”, expresó Kaina Alvarado, directora de SAG-Digepesca.
“A la fecha, se han sostenido más de seis reuniones informativas y de toma de decisiones con representantes del sector pesquero industrial y el pueblo Misquito para explicar el marco legal, los montos establecidos y el destino de los fondos”, agregó.
“El cobro del canon contributivo es un pago obligatorio a pescadores industriales no es para pescadores artesanales”, concluyó Alvarado.
¿Cómo se calcula el canon?
El canon se cobra anualmente, por temporada pesquera, y varía según el tipo de recurso. Por ejemplo: Langosta: L. 3.80 por libra capturada. Camarón: L. 1.50 por libra. Caracol: L. 3.80 por libra. Este pago es obligatorio para cada embarcación de la flota industrial, de acuerdo con la actividad pesquera a la que se dedique.
¿A dónde se destinan los fondos?
El artículo 69 de la ley establece que los fondos recaudados se distribuyen de la siguiente manera: 40% para actividades de protección, vigilancia e inspección de los recursos pesqueros, 25% para programas de investigación pesquera, fundamentales para conocer el estado de las especies y establecer cuotas de pesca, 20% para apoyar la reconversión de la pesca artesanal, 15% para programas de protección social dirigidos a pescadores en condición de vulnerabilidad.
La trazablidad de los productos pesqueros también será clave. Este canon contribuirá a mejorar los sistemas de control y fiscalización para garantizar que la pesca en el país se realice legal, sostenible y justa para todos.